Ayudas Pyme Digital 2026 de la Cámara de Comercio de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía: hasta 4.494 € para digitalizar tu empresa
CÁMARA DE COMERCIO DE PONTEVEDRA, VIGO Y VILAGARCÍA DE AROUSA · ficha oficial (BDNS 891964) · bases reguladoras
Diagnóstico digital gratuito y hasta 4.494 € (60% de 7.490 €) para implantar soluciones TIC en pymes de la demarcación. El plazo se cerró el 31 de marzo de 2026.
Para quién es
Pymes y personas físicas con actividad económica (autónomos) que tengan su domicilio social y/o centro productivo en algún municipio de la demarcación de la Cámara de Comercio de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía de Arousa. Tienes que estar válidamente constituido al presentar la solicitud, llevar de alta de forma continuada la actividad en el IAE antes del 1 de enero de 2024 y haber facturado al menos 100.000 € en la última anualidad. NO pueden pedirla: comunidades de bienes, sociedades civiles, UTE, asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro; autónomos societarios ni autónomos colaboradores; empresas proveedoras de digitalización a terceros (en general, alta en el grupo 845 del IAE: explotación electrónica por cuenta de terceros); empresas de producción primaria agrícola, pesquera o de acuicultura; y empresas en crisis. Tampoco puedes repetir: quedas fuera de la Fase I si hiciste el diagnóstico después del 31/12/2023, y fuera de la fase de ayudas si ya fuiste beneficiario de esa fase en una convocatoria anterior posterior al 31/12/2023.
Cuánto te dan
Dos cosas. Primero, un Diagnóstico Asistido de TIC y el seguimiento de la implantación, totalmente gratuitos para ti (los prefinancia la Cámara). Segundo, una ayuda económica para implantar las soluciones: el coste máximo elegible por empresa es de 7.490 € (7.000 € de coste directo sin IVA + 7% de costes indirectos) y te subvencionan el 60%, es decir, un máximo de 4.494 € por empresa. El 40% restante (2.996 €) lo pones tú. Puedes hacer una implantación de más dinero, pero solo se financia hasta ese tope. El presupuesto de la fase de ayudas es de 389.480 € y se estima que participen 52 empresas.
Plazo
Ya cerrado. Las solicitudes se abrían a las 09:00 una vez pasados 5 días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (según BDNS, el 23 de marzo de 2026) y se cerraban a las 14:00 del 31 de marzo de 2026. Además, el plazo podía acortarse si se agotaba el presupuesto. Una vez admitido, el plazo máximo para desarrollar la fase de ayudas es de 6 meses, y tienes un mes desde el fin de esa fase para justificar los gastos.
Cómo se decide
Por estricto orden de registro de entrada de las solicitudes en la sede electrónica, hasta agotar presupuesto (aunque en BDNS figure como concurrencia competitiva). Se admiten solicitudes por encima del cupo para formar una lista de espera de 18 empresas, por si alguien desiste o queda remanente. Instruye el Servicio Técnico y resuelve el Secretario General, en un máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
Cómo se pide
Solo por internet, con el formulario de la sede electrónica de la Cámara: https://sede.camara.es/sede/pontevedra-vigo-vilagarcia. Necesitas certificado electrónico reconocido y que firme el representante legal. Una sola solicitud por empresa (si presentas varias, vale la primera registrada). No se admite ninguna solicitud por otro canal ni fuera de plazo. La justificación de gastos se hace después en https://justifica.camaras.es/ayudas.
Qué te piden
- Ser pyme según el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 (menos de 250 empleados y volumen de negocio ≤ 50 M€ o balance ≤ 43 M€)
- Estar de alta de forma continuada en el IAE en la actividad subvencionada antes del 1 de enero de 2024
- Facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad
- Domicilio social y/o centro productivo en la demarcación de la Cámara de Pontevedra, Vigo y Vilagarcía de Arousa (si tienes varias sedes, la beneficiaria debe estar en esos municipios)
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social (autorizas a que lo consulten de oficio)
- No estar en ninguna de las prohibiciones del art. 13 de la Ley 38/2003 ni ser empresa en crisis
- Cumplir la regla de minimis: no más de 300.000 € de ayudas de minimis en los tres años anteriores, contando empresas vinculadas
- Declaración responsable de condiciones de participación (Anexo III), con detalle de las ayudas de minimis recibidas
- Declaración anual de IVA del último año cerrado (u otro documento oficial que acredite la facturación mínima)
- Si quieres entrar directamente a la Fase II: copia de la convocatoria del programa público previo e informe de asesoramiento TIC con el contenido mínimo exigido
- Si te lo piden: poder de representación, certificados de Hacienda y TGSS y certificado de situación censal de la AEAT
- Firmar el Documento de Condiciones de la Ayuda (DECA) en 15 días hábiles desde la resolución de admisión
Ojo con esto
- La ayuda se cobra después: tú pagas el 100% de la implantación a tus proveedores y luego la Cámara de Comercio de España te transfiere el 60% aprobado.
- Es incompatible con cualquier otra subvención o ayuda para la misma finalidad, venga de donde venga (pública o privada, nacional o europea).
- No puedes financiar soluciones tecnológicas que ya te hayan financiado por el Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.
- No puedes contratar la implantación con empresas o autónomos vinculados a ti, ni incluir proyectos que coincidan con tu propia actividad (aunque los subcontrates).
- Si un gasto supera el importe del contrato menor de la Ley de Contratos, tienes que pedir al menos tres ofertas de proveedores distintos antes de contratar.
- Los gastos deben iniciarse, terminarse y pagarse dentro de las fechas del Anexo DECA y contar con el visto bueno de la Cámara, que revisa que sean precios de mercado.
- Los autónomos societarios y colaboradores están excluidos, igual que las comunidades de bienes y sociedades civiles.
- Si no facturas al menos 100.000 €, no entras.
- Si no justificas en plazo pierdes el derecho al cobro; debes conservar los justificantes 5 años y llevar contabilidad separada de la operación.
¿Te encaja a ti esta ayuda?
Esto es la explicación general. Si nos cuentas tu negocio en 2 minutos, leemos las bases para tu caso y te decimos si puedes pedirla, qué te faltaría y qué otras ayudas abiertas te encajan. 7 días gratis, sin tarjeta.
Ver qué ayudas puedo pedirPreguntas frecuentes
¿Cuánto dinero me pueden dar como máximo?
4.494 € por empresa: el 60% de un coste elegible máximo de 7.490 € (7.000 € de coste directo sin IVA más un 7% de costes indirectos). El 40% restante, 2.996 €, lo aportas tú.
¿Hay que pagar el diagnóstico?
No. El Diagnóstico Asistido de TIC y el seguimiento de la implantación que hacen los asesores tecnológicos de la Cámara son gratuitos para la empresa: los prefinancia la Cámara con cofinanciación FEDER.
¿Se concede por orden de llegada?
Sí. Las solicitudes se seleccionan por estricto orden de registro de entrada en la sede electrónica y hasta agotar presupuesto; quienes superen el cupo pueden quedar en una lista de espera de 18 empresas.
¿Puedo pedirla si ya me dieron el Kit Digital?
Puedes participar, pero no se financian en esta fase de ayudas las soluciones tecnológicas que ya te hayan financiado en el Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.
¿Puedo ir directo a la fase de ayudas sin hacer el diagnóstico?
Sí, si justificas que participaste en la Fase I del Pyme Digital en la anualidad anterior, o que participaste en la anualidad anterior en un programa similar de asesoramiento TIC de una administración o cámara, aportando la convocatoria y un informe con el contenido mínimo que exige la convocatoria.
¿Cuándo me pagan?
Después de ejecutar y pagar la implantación y de justificarla en la plataforma justifica.camaras.es (tienes un mes desde el fin de la fase de ayudas). Una vez aprobados los gastos, la Cámara de Comercio de España te abona la ayuda por transferencia, siempre que estés al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Lo que no hemos podido comprobar: La convocatoria no detalla la lista concreta de municipios de la demarcación, ni las fechas exactas del calendario de ejecución (van en el Anexo DECA), ni el detalle de gastos elegibles (está en el Anexo II, que no se incluye en el texto facilitado). La fecha exacta de apertura del plazo depende de la publicación del extracto en el BOP de Pontevedra; en BDNS figura el 23 de marzo de 2026.
Título oficial: Convocatoria Programa PYME DIGITAL 2026 - Cámara Pontevedra, Vigo y Vilagarcía de Arousa.
Explicación redactada el 2026-09-17 a partir de la publicación oficial. Los datos pueden cambiar: ante cualquier duda, manda lo que diga la convocatoria oficial. Esto es información, no asesoramiento.
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